Por estas cosas que pasan en la vida, y porque estoy todo el rato dando vueltas y me expongo a todo tipo de contactos y se me cruza gente muy rara, he dado con un supervillano de esos que quieren dominar el mundo o, en su defecto, destruirlo, le he caído bien y me ha encargado el proyecto de su nuevo centro de operaciones.
El complejo consiste en una guarida de lujo*, una oficina para las extorsiones y los chantajes, un laboratorio de armas químicas, bacteriológicas y nucleares y una base de lanzamiento de misiles teledirigidos cargados con esas armas. Un proyectazo. Me ha regateado un poco mis honorarios (menos que otros clientes, la verdad) y nos hemos puesto a buscar emplazamiento.
Es difícil encontrar un lugar en el que poder hacer algo así, pero después de buscar por muchos municipios hemos encontrado un sitio idóneo. Naturalmente no lo puedo decir**.
Como siempre que se va a empezar un proyecto, he ido al ayuntamiento y he consultado la normativa urbanística. La ordenanza de aplicación en ese solar es sorprendente, increíble. Nos viene a huevo: O ha sido escrita por un idiota o por un cómplice de mi supervillano, porque ha dejado entreabierta la puerta para que entremos a cumplir nuestros sórdidos fines. Y es que los usos permitidos en la finca en la que mi cliente quiere establecerse son:
Fotografía sin manipular. La ordenanza dice eso.
1.- Vivienda colectiva.
2.- Vivienda unifamiliar agrupada, en fila, aislada y pareada.
3.- Comercio.
4.- Oficinas.
5.- Hotelero.
6.- Deportivo.
7.- Sanitario.
8.- Religioso.
9.- Cultural.
10.- Industria artesana.
11.- Almacenes.
12.- Etcétera.
¿Etcétera? ¡No puede ser! ¿Etcétera? Sí. ¡Etcétera! ¡ETCÉTERA! De verdad.
Ya he contado otras veces la urticaria que me produce la normativa en general, lo mal redactada que suele estar, lo absurda que suele ser y las tonterías que suele decir, pero creo que algo así no lo había visto nunca: En una lista de usos permitidos uno de ellos es "etcétera". Una norma que hace una relación tan detallada y exhaustiva como para discriminar entre viviendas unifamiliares agrupadas, en fila, aisladas y pareadas (por cierto, ¿qué mierda de clasificación es esa?***) y que luego sigue con una lista tan prolija termina con "etc". Lo flipo.
Etcétera es todo. Etcétera es el laboratorio de armas de destrucción masiva. Etcétera es la base de lanzamiento de misiles. Por lo tanto todos los usos que quiere mi cliente están autorizados.
Me entrevisto con el arquitecto municipal y me dice que no. Me dice que debajo pone que todos los usos no especificados anteriormente están prohibidos, y que el "etcétera" no especifica nada. Le digo que entonces por qué pone "etcétera", y me dice que hombre, que claro, que se sobreentiende que industria artesana, almacenes... etcétera, y yo le digo que si se sobreentiende no es específico, y que si se ha de sobreentender algo yo sobreentiendo desde vivienda colectiva en adelante y no solo desde industria artesana.
Él zanja la conversación diciéndome que pequeños talleres sí es un etcétera, que artesanía del botijo sí es un etcétera, pero que elaboración de bombas químicas no lo es. Yo le digo entonces que quién coño se cree que es para poner él los etcéteras a su capricho y discreción, y que tiene que ceñirse a la norma, no a lo que a él le salga de ahí, y él me dice...
Y estamos así una hora.
Al final queda claro que él está donde está para etceterear, y que él puede decir qué es etcetereable y qué no lo es.
Como ocurre siempre, la norma es una filfa y el funcionario de turno la interpreta como mejor le parece.
En definitiva, como el arquitecto municipal se ha enterado de todo el pastel mi cliente lo ha tenido que matar, y ahora tengo muchísimo miedo porque sé que cuando termine el proyecto me va a matar a mí también.
Bueno, supongo que me dejará vivir hasta que terminemos la obra y le entregue el certificado visado. Mientras tanto he titulado el proyecto como de "vivienda, oficinas y pequeño taller artesanal" y me paso las noches sacando el flexo por la ventana y apuntándolo hacia el cielo.
NOTAS.
* Con piscina de paredes de vidrio dando al salón, para disfrutar cuando se zambullen las chicas o cuando los esbirros zambullen a un soplón con un cordón de zapatos bien atado al cuello, con los ojos saltones y la lengua hinchada.
** Si, tal como he dicho en mi anterior entrada, no puedo revelar nada de nadie por aquello del reglamento de protección de datos, imaginaos ahora con mi demoníaco cliente.
*** ¿Lo entendéis vosotros? Porque yo no. Yo leo que por un lado autoriza la vivienda colectiva y por otro la unifamiliar. Bien. Hasta ahí bien. Pero la unifamiliar la subdivide en... (dos hipótesis):
1.- Cuatro tipos: Agrupada, en fila, aislada y pareada. En ese caso "en fila" y "pareada" no serían agrupadas.
2.- Un tipo: Agrupada, con tres subtipos: En fila, aislada y pareada. En este caso "aislada" sería una forma de "agrupada".
En cualquiera de los dos casos es una barbaridad. No se puede escribir peor.
En una línea de pensamiento parecida (que le dedico a mi amigo Pedro porque el otro día no le dije bien la cita), puro orden y rigor, Borges nos refiere que en la enciclopedia china titulada Emporio celestial de conocimientos benévolos se hace la siguiente clasificación del reino animal:
a) Animales pertenecientes al emperador.
b) Animales embalsamados.
c) Animales amaestrados.
d) Lechones.
e) Sirenas.
f) Animales fabulosos.
g) Perros sueltos.
h) Animales incluidos en esta clasificación.
i) Animales que se agitan como locos.
j) Animales innumerables.
k) Animales dibujados con un pincel finísimo de pelo de camello.
l) Etcétera.
m) Animales que acaban de romper el jarrón.
n) Animales que de lejos parecen moscas.
(Qué alegría me ha dado que estuviera "etcétera", y que finura que no fuera la última. Me encanta. Obviamente, el redactor de esa ordenanza era lector del Emporio celestial de conocimientos benévolos).
**** Lo de poner como etiqueta "hurbanismo", así, con hache, es una vieja historia. La podéis conocer aquí.
Otro ejemplo de redacción incomprensible, ni más ni menos que en el Art. 2 de la LOE:
ResponderEliminar1. Esta Ley es de aplicación al proceso de la edificación, entendiendo por tal la acción y el resultado de construir un edificio de carácter permanente, público o privado, cuyo uso principal esté comprendido en los siguientes grupos:
a) Administrativo, sanitario, religioso, residencial en todas sus formas, docente y cultural.
b) Aeronáutico; agropecuario; de la energía; de la hidráulica; minero; de telecomunicaciones (referido a la ingeniería de las telecomunicaciones); del transporte terrestre, marítimo, fluvial y aéreo; forestal; industrial; naval; de la ingeniería de saneamiento e higiene, y accesorio a las obras de ingeniería y su explotación.
c) Todas las demás edificaciones cuyos usos no estén expresamente relacionados en los grupos anteriores.
El punto c) no tiene desperdicio...
Sí. Un despropósito. Ya lo comenté en su día. Justo después de donde terminas la cita viene ya el superbombazo.
Eliminar2. Tendrán la consideración de edificación...
a) Obras de edificación de...
¡Tremendo! Edificación es la edificación que...
Vaya leyes y normas que tenemos que padecer.
(Muchas gracias por tu comentario).
En general en la Administración no están los más capaces, sino los más insistentes. Suelen ser miopes de tantas oposiciones y el ser miope acaba siendo una actitud vital, o ¿el ser miope es una aptitud para ser funcionario?.
ResponderEliminarÚltimamente estoy sufriendo un nuevo tipo de funkcionario: el Tecnico (no el de las lavadoras sino el arquitecto o ingeniero) que crea sus propias normas al margen de las Europeas, Nacionales, Regionales, Locales y Comarcales........ ¡éramos pocos y pario la abuela!. A estos el etcetera les resulta indiferente o saben sacarle partido.
Buena y sufrida semana
..... Y estamos así una hora.
ResponderEliminarEs que te he visto, -me he visto- , y me he fracturado el coxis por tres sitios.
Me has hecho reir pronto esta mañana.
☺ ☺ ☺
That's the way.
I like it.
Lo de la discreccionalidad/arbitrariedad/capricho/corruptibilidad de los técnicos municipales en este pais no tiene perdón de Dios y sí mucho interés para todo el conjunto de chorizos que puebla la geografía patria. Lo siento, tenía que decirlo. No creo que sea solo torpeza de los técnicos municipales y funcionarios u opositores miopes. Hay algo más. ¡¡Ainsss!!
ResponderEliminarEn las antiguas tarifas de honorarios (RD 2512/1977) aparece esta definición de lo que es un INFORME de arquitecto. Doble ración de ETC. Ojo que aunque la parte económica de dicho RD está derogada, la parte que define los trabajos profesionales, sigue vigente:
ResponderEliminar"4.5. INFORMES, DICTAMENES, PERITACIONES Y CERTIFICADOS. 4.5.1. Definiciones.- Se entiende por: - Informe, la exposición por escrito de las circunstancias observadas en el reconocimiento de precios, edificios, documentos, etc., o en el examen de la cuestión que se considera, con explicaciones técnicas, económicas, etc."
El que lo redactó y los que lo aprobaron, se merecen un premio.
No es para reírse, Tenemos un gran problema en este pais con las interpretaciones de documentos legales, y creo que es mas, con los que interpretan que con los propios documentos. Estos están escritos y si hay errores se corrigen y punto. El problema es quien interpreta y dicta informes (Normalmente negativos según su interpretación) y que decir de las sentencias (por recordar un caso reciente).
ResponderEliminarLo digo muchas veces, lo que pone, pone, lo otro es prevaricación.