Me acabo de enterar por la Demarcación de Lanzarote del Colegio Oficial Interinsular de Arquitectos de Canarias,
@coacLZ, de que
una sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria extiende hasta los diez años la responsabilidad civil por humedades en un edificio, en contra de lo que establece clarísimamente la Ley Orgánica de la Edificación (LOE).
Se "argumenta" semejante atropello diciendo que la LOE señala plazos mínimos de responsabilidad, no máximos. (¿Einnnnnn?). No es verdad. No hay más que leer lo que dice. Pero para la lumbrera sentenciadora parece ser que si la ley que nos regula dice que la responsabilidad civil por tal deficiencia es, por ejemplo, de tres años, quiere decir que ese es su plazo mínimo, pero el máximo sigue siendo el tradicional y "alegal" plazo de diez años. No entiendo nada. Entonces si se produce una humedad en el primer año, o en el segundo, no es imputable porque aún no ha empezado el plazo de responsabilidad. (¿Plazos mínimos?).
Vaya mierda de jueces que nos toca padecer, de verdad. Vaya una castaña impresentable de gente que aplica los criterios que les da la gana sin querer entender nada. Qué puñetera injusticia, qué puta indefensión. Qué abuso.
El maldito, antiguo y obsoleto Código Civil marca una responsabilidad general de diez años sin entrar en detalle ni entender nada de las actuales divisiones del trabajo ni de los distintos agentes que intervienen. Tuvimos que conformarnos con esa legislación insuficiente hasta que llegó la muy esperada pero finalmente decepcionante Ley Orgánica de la Edificación, que al menos sirvió para aclarar los plazos de responsabilidad sobre distintos aspectos de las obras. Pues tampoco. Pues ahora resulta que para eso tampoco sirve.
Conozco numerosas sentencias en este sentido de achacar responsabilidad a los técnicos siempre y para siempre, y también por si acaso. Y, como en el mus, una porque sí y una porque no.
Ya está bien. Coño; ya está bien.
La citada LOE hizo además algo muy necesario: Exigir (por fin) a los promotores que contrataran un seguro decenal de daños, al menos para la estructura. Los arquitectos nos pusimos tan contentos. Pero en seguida se vio que no teníamos ningún motivo para estarlo.
El puñetero seguro decenal del promotor se siente con derecho a supervisar nuestro trabajo y nos pone unos tutores (OCT) que nos exigen que justifiquemos esto, lo otro y lo de más allá, y nos dan muchísima guerra. Pero si al final sale algo mal se escaquean, argumentan que no tienen autoridad ninguna, que todos los fallos son nuestros y repiten contra nosotros, los únicos y verdaderos responsables de siempre. Y el juez estima que el seguro del promotor es "de daños", pero no "de responsabilidad" porque el promotor no tiene "responsabilidad". Con lo cual pagamos nosotros como siempre.
(Y esos seguros decenales de los promotores se lo llevan calentito, cobrando las primas pero recuperando las indemnizaciones en el caso de haberlas adelantado).
Aparte de esto, los jueces quieren siempre que alguien responda por los desperfectos y pague los platos rotos. Y los promotores y constructores son entes abstractos que a esas alturas o ya han desaparecido o son insolventes, por lo que siempre pagamos los técnicos, que respondemos como personas físicas de carne y hueso, y respondemos con nuestras vidas y haciendas, y con nuestro honor, y con nuestra santa paciencia, y con nuestras risibles y maltrechas gónadas. Es una vieja historia. He visto ya varias veces (lo juro) al promotor de turno, perfectamente insolvente, llegar a los juzgados de la Plaza de Castilla (Madrid) con su cochazo (que además deja mal aparcado: que le pongan una multa si se atreven) mientras que el arquitecto llega en metro. Al final será el arquitecto quien lo pague todo.
Los técnicos lo pagan todo, siempre, y para siempre.
Estas son las reglas del juego desde siempre, pero al menos antes cobrábamos bastante bien por nuestro trabajo, lo que nos permitía tener muy buenos seguros. Ahora, con la precariedad, cada uno se apaña como puede o, sencillamente, no se apaña.
Y las responsabilidades siguen subiendo. Antes no teníamos que preocuparnos, por ejemplo, por la eficiencia energética, por la gestión de residuos ni por las ondas gravitacionales. Ahora son nuevos campos en los que puede pasar algo desagradable por lo que tengamos que pagar también.
Y tenemos que pagar por nuestros fallos y por los de los demás. Y por lo que no son fallos de nadie. Y por las eventualidades. Y por las decepciones. Y por los malos rollos. Y por todo. Y los plazos serán los que quiera el juez. Y tras nuestra muerte nuestros hijos seguirán pagando.